PRINCIPIOS Y VALORES ÉTICOS DEL I.E.S.P.PÚB:"NUESTRA SEÑORA DE LOURDES"
PRINCIPIOS Y
VALORES ETICOS
• RESPETO: Adecua su conducta hacia el respeto de la Constitución de
las Leyes, garantizado en que todas las fases del proceso de toma de decisiones
o en el cumplimiento de los procedimientos administrativos se respeten los
derechos a la defensa y al debido procedimiento.
• PROBIDAD: Actúa con rectitud honradez y
honestidad procurando satisfacer el interés general y desechando todo
provecho o ventaja personal, obtenido por sí o por interpósita persona
• EFICIENCIA: Brinda calidad en cada una de sus
funciones a su cargo, procurando obtener una capacitación sólida y permanente.
• IDONEIDAD: Entendida como aptitud técnica,
legal y moral, es condición esencial para el acceso y ejercicio de la
función pública. El servidor público debe propender a una formación sólida
acorde a la realidad, capacitándose permanentemente para el debido
cumplimiento de sus funciones.
• VERACIDAD: Se expresa con autenticidad en
las relaciones funcionales con todos los miembros de su institución y con
la ciudadanía, y contribuye al esclarecimiento de los hechos.
• LEALTAD Y OBEDIENCIA: Actúa con fidelidad y solidaridad
hacia todos los miembros de su institución, cumpliendo las órdenes que le
imparta el superior jerárquico competente, en la medida que reúnan
las formalidades del caso y tengan por objeto la realización de actos de
servicio que se vinculen con las funciones a su cargo, salvo los supuestos de
arbitrariedad o ilegalidad manifiestas, las que deberá poner en
conocimiento del superior jerárquico de su institución.
• JUSTICIA Y EQUIDAD: Tiene permanente disposición para
el cumplimiento de sus funciones, otorgando a cada uno lo que le es
debido, actuando con equidad en sus relaciones con el Estado, con el
administrado, con sus superiores, con sus subordinados y con la ciudadanía
en general.
LEALTAD AL ESTADO DE DERECHOS: El funcionario de confianza debe lealtad a la
Constitución y al Estado de Derecho. Ocupar cargos de confianza en
regímenes de facto,PRINCIPIOS Y
VALORES ETICOS
• RESPETO: Adecua su conducta hacia el respeto de la Constitución de
las Leyes, garantizado en que todas las fases del proceso de toma de decisiones
o en el cumplimiento de los procedimientos administrativos se respeten los
derechos a la defensa y al debido procedimiento.
• PROBIDAD: Actúa con rectitud honradez y
honestidad procurando satisfacer el interés general y desechando todo
provecho o ventaja personal, obtenido por sí o por interpósita persona
• EFICIENCIA: Brinda calidad en cada una de sus
funciones a su cargo, procurando obtener una capacitación sólida y permanente.
• IDONEIDAD: Entendida como aptitud técnica,
legal y moral, es condición esencial para el acceso y ejercicio de la
función pública. El servidor público debe propender a una formación sólida
acorde a la realidad, capacitándose permanentemente para el debido
cumplimiento de sus funciones.
• VERACIDAD: Se expresa con autenticidad en
las relaciones funcionales con todos los miembros de su institución y con
la ciudadanía, y contribuye al esclarecimiento de los hechos.
• LEALTAD Y OBEDIENCIA: Actúa con fidelidad y solidaridad
hacia todos los miembros de su institución, cumpliendo las órdenes que le
imparta el superior jerárquico competente, en la medida que reúnan
las formalidades del caso y tengan por objeto la realización de actos de
servicio que se vinculen con las funciones a su cargo, salvo los supuestos de
arbitrariedad o ilegalidad manifiestas, las que deberá poner en
conocimiento del superior jerárquico de su institución.
• JUSTICIA Y EQUIDAD: Tiene permanente disposición para
el cumplimiento de sus funciones, otorgando a cada uno lo que le es
debido, actuando con equidad en sus relaciones con el Estado, con el
administrado, con sus superiores, con sus subordinados y con la ciudadanía
en general.
LEALTAD AL ESTADO DE DERECHOS: El funcionario de confianza debe lealtad a la
Constitución y al Estado de Derecho. Ocupar cargos de confianza en
regímenes de facto.
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